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Obligaciones informativas cripto: modelos 172, 173 y 721

Junto a los impuestos existe un deber autónomo de información: puede no haber cuota alguna que pagar y, aun así, haber declaraciones que presentar. Sobre criptoactivos, España exige tres modelos específicos: el 172 y el 173, que obligan a los exchanges y custodios establecidos en España a comunicar los saldos y las operaciones de sus clientes, y el 721, que debe presentar el propio contribuyente cuando custodia criptoactivos en el extranjero por valor superior a 50.000 euros.

Los análisis de esta sección explican quién está obligado a presentar cada modelo, qué se declara exactamente, qué queda fuera —la autocustodia tiene reglas propias— y qué consecuencias tiene el incumplimiento.